la engañosa reconstrucción de Fernández
Ermes Dovico
Brpujula
cotidiana, 25_05_2024
El extraño caso de
las supuestas apariciones de Ámsterdam (1945-1959), que aún no han sido
reconocidas, continúa también en el último documento del Dicasterio para la
Doctrina de la Fe (DDF), donde la referencia a las mismas es clara, aunque no
se mencione explícitamente su localización.
El cardenal Víctor
Manuel Fernández, al motivar lo que en realidad es una disminución de la
autoridad de los obispos diocesanos individuales en materia de apariciones,
escribió al respecto en la presentación de las nuevas Normas del Dicasterio
para la Doctrina de la Fe para proceder en el discernimiento de presuntos
fenómenos sobrenaturales (17 de mayo de 2024). Aquí, el Prefecto del DDF resume
el complejo asunto del juicio sobre las presuntas apariciones ocurridas a Ida
Peerdeman enumerando, de manera precisa, una serie de fechas, desde 1956 hasta
2020, para dar cuenta de cómo ha evolucionado en el tiempo el juicio sobre este
caso, con un intrincado “rebote de pelota” Amsterdam-Roma-Amsterdam.
Sin embargo, lo
que no es exacto (además de algunas lagunas significativas en el mismo resumen)
es el hecho de que el cardenal argentino, en su presentación de las Normas,
confunde dos veces un juicio de non constat de supernaturalitate -una fórmula
formalmente negativa pero que conserva, según una distinción teológica, el
beneficio de la duda sobre supuestos fenómenos sobrenaturales examinados por la
Iglesia- con un juicio negativo de claro rechazo, a saber: constat de non
supernaturalitate.
En concreto, esto
es lo que escribe Fernández (la negrita es nuestra en la cita, ed.): “Vale la
pena recordar un caso de supuestas apariciones de los años 50, en el que el
Obispo emitió un juicio final de ‘no sobrenaturalidad’ en 1956. Al año
siguiente, el entonces Santo Oficio aprobó las medidas de ese Obispo. A partir
de entonces, se volvió a solicitar la aprobación de esa veneración. Pero en
1974, la misma Congregación para la Doctrina de la Fe declaró una constat de
non supernaturalitate sobre las mismas supuestas apariciones. [...]”.
En realidad, en
1956, monseñor Johannes Huibers, el primer obispo de Haarlem que se pronunció
sobre el caso de la “Señora de todos los Pueblos” (que es el título con el que
la Virgen se habría presentado a Peerdeman), no emitió “un juicio final de ‘no
sobrenaturalidad’”, tal y como escribe el actual prefecto de la DDF, sino que
expresó un juicio, por así decirlo, suspensivo, un tanto a medias: por un lado,
de hecho, prohibía la veneración pública, pero por otro permitía la veneración
privada del título, la imagen y la oración de la Señora de todos los Pueblos.
En el 56 -y aquí va otro dato relevante- las supuestas apariciones seguían en
curso. Y la propia Roma, en el 57, confirmó la medida del obispo, pero añadió
que no excluía la posibilidad de evaluar nuevas informaciones en el futuro.
Luego, en mayo de
1974, tras la reapertura del caso, llegó la famosa Notificación de la CDF en la
que se lee que el obispo de Haarlem, en el 56, declaró que “no constaba de la
sobrenaturalidad de las apariciones”, fórmula que puede asociarse al más
prudente non constat. Y es de este juicio que el mismo ex Santo Oficio, también
en aquella Notificación, confirmó la validez.
En los últimos
años ha salido a la luz que la citada Notificación fue precedida por la
aprobación por parte de Pablo VI (abril de 1974) del juicio de la misma CDF
-aprobación desconocida durante mucho tiempo por la propia diócesis de
Haarlem-Amsterdam (como se admitió a finales de 2020)-, pero en cualquier caso
en el documento de mayo de 1974 se informa y confirma un juicio de non constat,
que es distinto del constat de non, como ya hemos explicado.
Evidentemente, si
esta distinción existe -al menos en el plano teológico- y también ha sido
tenida en cuenta en el pasado por las autoridades eclesiásticas (aunque en las
Normas de 1978 sólo se aluda rápidamente al constat de supernaturalitate y al
non constat de supernaturalitate), es porque se le ha reconocido un sentido.
Por tanto, es bueno que se mantenga este sentido, informando de los términos de
la cuestión con la mayor precisión posible, sobre todo en un documento oficial
como las nuevas Normas firmadas por el Prefecto Fernández, que declara querer
favorecer la prudencia en el juicio de los supuestos fenómenos sobrenaturales.
En cambio, la
engañosa reconstrucción del cardenal Fernández sobre la finalidad del juicio
negativo sobre Amsterdam acaba desacreditando la labor de los mismos obispos
que se han sucedido al frente de la diócesis de Haarlem, el último de ellos
monseñor Joseph M. Punt, que en 2002 se pronunció a favor de la
sobrenaturalidad de las apariciones. Lo que no dice la síntesis de Fernández es
que a ese reconocimiento se llegó también a la luz de un diálogo entre la sede
de Haarlem y Roma que no se detuvo tras la Notificación de 1974 -confirmando
que no se trataba de una sentencia definitiva- y que, de hecho, se retomó con
vigor a partir de los años Ochenta, bajo el entonces prefecto de la CDF, Joseph
Ratzinger.
Hay que recordar
que el reconocimiento de las apariciones en 2002 se hizo bajo la
responsabilidad del obispo, pero no llegó ninguna reprimenda de Roma -durante
nada menos que 18 años- sobre ese juicio, al menos hasta 2020, cuando se adoptó
el “compromiso” oficialmente en vigor [aunque, sin embargo, el propio Fernández
lo impugnó de hecho en la rueda de prensa de presentación de las Normas (ver a
partir de 1:20:19), refiriéndose a las peregrinaciones para visitar a la Señora
de todos los Pueblos como “un verdadero problema”]: no se reconocen las
apariciones ni los mensajes relacionados con ellas, pero se permite la
veneración pública del título, la imagen y la oración de la Señora de todos los
Pueblos (una oración que se modificó en 2006 en obediencia a Roma).
Al mismo tiempo,
hay que recordar que la evolución positiva hacia el reconocimiento de esas
supuestas apariciones estuvo determinada no sólo por una serie de frutos
espirituales ligados a la devoción surgida en Amsterdam, sino por un hecho
preciso ocurrido entretanto al otro lado del mundo, en Japón: el reconocimiento
en 1984, por parte del obispo John Shojiro Ito, de la autenticidad de las
apariciones marianas de Akita, donde -entre los diversos prodigios que se
produjeron- hubo también una serie de lágrimas de una estatua de Nuestra
Señora, realizada copiando el modelo de la imagen de la Señora de todos los
Pueblos de Amsterdam. Y además un ángel recitó la oración de Amsterdam junto
con la vidente de Akita, sor Agnes Sasagawa.
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