en el día que le reserva el
santoral
29 de mayo
Dejó escritas
varias encíclicas relevantes como 'Humanae Vitae', donde esgrimía la posición
de la Iglesia respecto a la natalidad, la familia y los métodos de concepción
artificiales.
Fue proclamado
beato en 2014, el mismo año en el que se produjo el segundo milagro que lo
elevará a los altares: la curación inexplicable de un feto al quinto mes de
gestación. El primer milagro gracias al cual fue beatificado, ocurrió en 2001 a
una mujer también embarazada.
Nos interesa difundir
su enseñanza sobre un aspecto controvertido de la bioética, en el momento que
le toca asumir el trono de Pedro, y también ahora, pese a que su magisterio ha
sido confirmado por documentos posteriores, de varios pontífices.
Brindamos, a
continuación, los párrafos más importantes de su encíclíca:
Enc. Humanae vitae
Pablo VI, 1968
4. (...) la
Iglesia dio siempre, y con más amplitud en los tiempos recientes, una doctrina
coherente tanto sobre la naturaleza del matrimonio como sobre el recto uso de
los derechos conyugales y sobre las obligaciones de los esposos.
Estudios
especiales
5. La conciencia
de esa misma misión nos indujo a confirmar y a ampliar la Comisión de Estudio
que nuestro predecesor Juan XXIII, de feliz memoria, había instituido en el mes
de marzo del año 1963. Esta Comisión de la que formaban parte bastantes
estudiosos de las diversas disciplinas relacionadas con la materia y parejas de
esposos, tenía la finalidad de recoger opiniones acerca de las nuevas
cuestiones referentes a la vida conyugal, en particular la regulación de la
natalidad, y de suministrar elementos de información oportunos, para que el Magisterio
pudiese dar una respuesta adecuada a la espera de los fieles y de la opinión
pública mundial.
Los trabajos de
estos peritos, así como los sucesivos pareceres y los consejos de buen número
de nuestros hermanos en el Episcopado, quienes los enviaron espontáneamente o
respondiendo a una petición expresa, nos han permitido ponderar mejor los
diversos aspectos del complejo argumento. Por ello les expresamos de corazón a
todos, nuestra viva gratitud.
La respuesta del
Magisterio
6. No podíamos,
sin embargo, considerar como definitivas las conclusiones a que había llegado
la Comisión, ni dispensarnos de examinar personalmente la grave cuestión;
entre otros motivos, porque en seno a la Comisión no se había alcanzado una
plena concordancia de juicios acerca de las normas morales a proponer y, sobre
todo, porque habían aflorado algunos criterios de soluciones que se
separaban de la doctrina moral sobre el matrimonio propuesta por el Magisterio
de la Iglesia con constante firmeza. Por ello, habiendo examinado
atentamente la documentación que se nos presentó y después de madura reflexión
y de asiduas plegarias, queremos ahora, en virtud del mandato que Cristo nos
confió, dar nuestra respuesta a estas graves cuestiones.
7. (con la
intención) de justificar los métodos artificiales del control de los
nacimientos, muchos han apelado a las exigencias del amor conyugal y de una
"paternidad responsable", conviene precisar bien el verdadero
concepto de estas dos grandes realidades de la vida matrimonial, remitiéndonos
sobre todo a cuanto ha declarado, a este respecto, en forma altamente
autorizada, el Concilio Vaticano II en la Constitución pastoral Gaudium et
Spes.
8. El matrimonio
no es, efecto de la casualidad o producto de la evolución de fuerzas naturales
inconscientes; es una sabia institución del Creador para realizar en la
humanidad su designio de amor. Los esposos, mediante su recíproca donación
personal, propia y exclusiva de ellos, tienden a la comunión de sus seres en
orden a un mutuo perfeccionamiento personal, para colaborar con Dios en la
generación y en la educación de nuevas vidas. En los bautizados el matrimonio
reviste, además, la dignidad de signo sacramental de la gracia, en cuanto
representa la unión de Cristo y de la Iglesia.
9. Es, ante todo,
un amor plenamente humano, es decir, sensible y espiritual al mismo tiempo. No
es por tanto una simple efusión del instinto y del sentimiento, sino que es
también y principalmente un acto de la voluntad libre, destinado a mantenerse y
a crecer mediante las alegrías y los dolores de la vida cotidiana, de forma que
los esposos se conviertan en un solo corazón y en una sola alma y juntos
alcancen su perfección humana.
Es, por fin, un
amor fecundo, que no se agota en la comunión entre los esposos, sino que está
destinado a prolongarse suscitando nuevas vidas.
10. Por ello el
amor conyugal exige a los esposos una conciencia de su misión de
"paternidad responsable" sobre la que hoy tanto se insiste con razón
y que hay que comprender exactamente.
En relación con
los procesos biológicos, paternidad responsable significa conocimiento y
respeto de sus funciones; la inteligencia descubre, en el poder de dar la vida,
leyes biológicas que forman parte de la persona humana.
En relación con
las tendencias del instinto y de las pasiones, la paternidad responsable
comporta el dominio necesario que sobre aquellas han de ejercer la razón y la
voluntad.
En relación con
las condiciones físicas, económicas, psicológicas y sociales, la paternidad
responsable se pone en práctica ya sea con la deliberación ponderada y generosa
de tener una familia numerosa ya sea con la decisión, tomada por graves motivos
y en el respeto de la ley moral, de evitar un nuevo nacimiento durante algún
tiempo o por tiempo indefinido.
En la misión de
transmitir la vida, los esposos no quedan, por tanto, libres para proceder
arbitrariamente, como si ellos pudiesen determinar de manera completamente
autónoma los caminos lícitos a seguir, sino que deben conformar su conducta a
la intención creadora de Dios, manifestada en la misma naturaleza del
matrimonio y de sus actos y constantemente enseñada por la Iglesia.
11. Estos actos,
con los cuales los esposos se unen en casta intimidad, y a través de los cuales
se transmite la vida humana, son, como ha recordado el Concilio, "honestos
y dignos", y no cesan de ser legítimos si, por causas independientes de la
voluntad de los cónyuges, se prevén infecundos, porque continúan ordenados a
expresar y consolidar su unión. De hecho, como atestigua la experiencia, no se
sigue una nueva vida de cada uno de los actos conyugales. Dios ha dispuesto con
sabiduría leyes y ritmos naturales de fecundidad que por sí mismos distancian
los nacimientos. La Iglesia, sin embargo, al exigir que los hombres observen
las normas de la ley natural interpretada por su constante doctrina, enseña que
cualquier acto matrimonial (quilibet matrimonii usus) debe quedar abierto a la
transmisión de la vida.
14. En conformidad
con estos principios fundamentales de la visión humana y cristiana del
matrimonio, debemos una vez más declarar que hay que excluir absolutamente,
como vía lícita para la regulación de los nacimientos, la interrupción directa
del proceso generador ya iniciado, y sobre todo el aborto directamente querido
y procurado, aunque sea por razones terapéuticas
Hay que excluir
igualmente, como el Magisterio de la Iglesia ha declarado muchas veces, la
esterilización directa,
perpetua o temporal, tanto del hombre como de la mujer; queda además excluida
toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o
en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga, como fin o
como medio, hacer imposible la procreación
En verdad, si es
lícito alguna vez tolerar un mal moral menor a fin de evitar un mal mayor o de promover
un bien más grande, no es lícito, ni aun por razones gravísimas, hacer el mal
para conseguir el bien, es decir, hacer objeto de un acto positivo de voluntad
lo que es intrínsecamente desordenado y por lo mismo indigno de la persona
humana, aunque con ello se quisiese salvaguardar o promover el bien individual,
familiar o social. Es por tanto un error pensar que un acto conyugal, hecho
voluntariamente infecundo, y por esto intrínsecamente deshonesto, pueda ser cohonestado
por el conjunto de una vida conyugal fecunda.
15. La Iglesia, en
cambio, no retiene de ningún modo ilícito el uso de los medios terapéuticos
verdaderamente necesarios para curar enfermedades del organismo, a pesar de
que se siguiese un impedimento, aun previsto, para la procreación, con tal
de que ese impedimento no sea, por cualquier motivo, directamente querido.
16. … si para
espaciar los nacimientos existen serios motivos, derivados de las condiciones
físicas o psicológicas de los cónyuges, o de circunstancias exteriores, la
Iglesia enseña que entonces es lícito tener en cuenta los ritmos naturales
inmanentes a las funciones generadoras para usar del matrimonio sólo en los
periodos infecundos y así regular la natalidad sin ofender los principios
morales que acabamos de recordar