de la Encíclica “Quas Primas”
POR JOSÉ LUIS
RINALDI
La Prensa,
07.04.2025
Cumpliéndose este
año un siglo de la publicación de la Encíclica “Quas Primas”, se han llevado a
cabo actos académicos y La Prensa le dedicó varios artículos.
Estas líneas solo
pretenden poner en tiempo y espacio el documento, dar una breve explicación de
su contenido y busca responder qué vigencia tienen hoy sus enseñanzas.
UBICACION
HISTORICA
Fue dada a conocer
por el Papa Pío XI, quien reinó entre los años 1922 y 1939.
Le tocó gobernar
la Iglesia en lo que podemos denominar el período de “entre guerras”, el cual
fue tumultuoso en varios países: la afirmación del comunismo en la ex Unión
Soviética, la desunión de los vencedores de la Gran Guerra, la marcha sobre Roma,
la expansión y consolidación del fascismo, la guerra civil española, la
situación en México gobernado por los masones, la crisis de la República de
Weimar y la aparición del nazismo, etc. y fue mostrando las fallas del Tratado
de Versailles y la poca utilidad de la Sociedad de las Naciones, en la cual se
había puesto la esperanza de que no se repitiera un conflicto mundial.
Durante su Papado
se resolvió la cuestión romana, así denominado el conflicto entre el Estado
italiano y la Santa Sede, durante el cual los Papas se consideraron presos en
el Vaticano desde Pío IX. Ello se dio a través de los pactos lateranos.
Fue un Papa muy
prolífico en cuanto a documentos emitidos, al punto que se lo conoce como “el
Papa de las Encíclicas”.
Durante su
Pontificado, dio a conocer entre otras muchas cinco encíclicas vinculadas
directamente con la situación de la Iglesia o los regímenes políticos en cuatro
países: “Iniquis afflictisque”. Sobre la situación de la Iglesia en México, en
1926; “Non abbiamo bisogno”, acerca del fascismo en Italia, en 1931; “Divini
Illus Magistri”, relacionada con el monopolio de la educación en Italia por el
fascismo (1929); “Mit Brennender sorge”, ante el advenimiento del nazismo en
Alemania, en el año 1937; “Divini Redemptoris”, condenando al comunismo,
también del año 1937.
El Papa Ratti,
como así se apellidaba, da a conocer la encíclica “Quas Primas” (Q.P.) el día
11 de diciembre de 1925, esto es, antes de la serie de Encíclicas que he
mencionado vinculadas a la situación de diversos países. Sin embargo, diría que
no puede leerse desvinculada de esos documentos posteriores.
SU CONTENIDO
El esquema de la
encíclica es sencillo y lineal:
* Introducción.
* Un capítulo
acerca de la Realeza de Cristo.
* Un segundo
capítulo sobre el carácter de la Realeza de Cristo.
* Un tercer
Capítulo titulado “La fiesta de Jesucristo Rey”.
INTRODUCCION
Es breve pero
importante. La inicia mencionando la primera de las encíclicas que había
dictado en su Pontificado, llamada “Ubi arcano”, de Diciembre de 1922, esto es,
tres años antes de la “Q.P.”.
En la Ubi arcano,
el Papa hace una descripción de la situación mundial, de los males que lo
aquejan, sus causas, los remedios, etc. Nos interesa destacar aquí que entre
esos remedios, en los párrafos 41 a 43, señala al “Reinado de Cristo” como uno
de esos remedios. Allí confirma su lema papal y que repetirá en la Q.P.:
“Realizar la paz de Cristo en el reino de Cristo”.
Nos dice allí
textualmente: “no hay medio más eficaz para restablecer y vigorizar la paz que
procurar la restauración del reinado de Cristo”, palabras que nos hacen
recordar el lema de su antecesor, San Pío X. Y nos adelanta la razón de la
Encíclica: introducir en la liturgia la Fiesta de Cristo Rey.
PRIMER CAPITULO
Afirma que Cristo
Rey lo es en un “sentido metafórico”, y así se lo ha reconocido desde antiguo,
sosteniendo que reina en la inteligencia, la voluntad y los corazones de los
hombres. Pero también, y quizá es lo más significativo, habla de un reinado “en
sentido propio y estricto”, ya que como hombre, Jesucristo recibió “la
potestad, el honor y el reino”, con cita del Libro del profeta Daniel.
La realeza de
Cristo la basa y fundamenta Pío XI en:
* El Antiguo
Testamento: con citas del Libro de los Números, de los Salmos, de Daniel, de
Isaías de Jeremías, la profecía de Zacarías.
* El Nuevo
Testamento: el mensaje del arcángel Gabriel a la Virgen en la Anunciación; el
interrogante de Pilato a Jesús y su respuesta; su mandato antes de su Ascensión
al cielo; en el Apocalipsis se lo nombra como “Rey de Reyes y Señor de los que
dominan”.
* La Liturgia: en
la Santa Misa, y en los actos diarios de oración la realeza de Cristo es
exaltada y reconocida.
* La unión
hipostática: a través de la unión de la naturaleza divina y humana en Cristo,
Cristo como hombre es Rey y así debe ser adorado.
* La redención:
Cristo impera sobre nosotros no solo por derecho de naturaleza, sino también
por derecho de conquista, ya que nos ha redimido y hemos costado un precio
grande, que nos ha hecho incluso miembros de Cristo.
SEGUNDO CAPITULO
Nos explica el
carácter de la realeza de Cristo. Señala que tiene Jesucristo una triple
potestad: como legislador (nos da leyes), como Juez (Él es el único que juzga
pues el Padre le ha dado esa potestad) y tiene también la potestad ejecutiva,
pues debemos obedecer a su mandato.
¿Qué abarca esa
Realeza respecto a los fieles? Abarca a toda la persona humana. Lo espiritual y
lo temporal, los individuos y la sociedad. En todo debe estar la realeza de
Cristo.
Dos cuestiones
quisiera destacar: Al referirse al ámbito de lo temporal, dice textualmente Pío
XI: “Erraría gravemente el que negase a Cristo hombre el poder sobre todas las
cosas humanas y temporales puesto que el Padre le confirió un derecho
absolutísimo sobre las cosas creadas”. Una reiteración de la definición del
Concilio de Trento Canon 21 de la sexta sesión.
Es dogma de fe que
Jesucristo está sentado a la derecha del Padre, y que en palabras de Santo
Tomás de Aquino es lo mismo que “compartir junto con el Padre la gloria de la
divinidad, la bienaventuranza y la potestad judicial, y esto perpetuamente y
como rey” (ST, III, q. 58, a. 1 resp; a. 2 resp.)
Y al referirse a
los frutos y beneficios que recibirían los hombres si privada y públicamente
reconocieran la realeza de Cristo, señala S.S.: “Justa libertad, tranquilidad y
disciplina, paz y concordia”. Al fin el Papa proclama la felicidad de que
podríamos gozar si dejásemos gobernar a Cristo.
TERCER CAPITULO
Aquí es donde Pío
XI instituye solemnemente en la liturgia la Fiesta de Jesucristo Rey, a fin de
que “se propague lo más posible el conocimiento de la regia dignidad de nuestro
Salvador”. Señala que ya desde fines del siglo XIX se ha venido preparando la
institución de esta festividad, habiendo sido muy importantes las celebraciones
de los Congresos Eucarísticos.
Dispone que se
celebre el último domingo de octubre, y que también ese día se renueve la
consagración de todo el género humano al Sacratísimo Corazón de Jesús.
Y concluye la
Encíclica reiterando los frutos que esta festividad y reconocimiento de Cristo
Rey derramará sobre la Iglesia, la sociedad civil y los fieles.
¿Qué significa hoy
la realeza social de Cristo? Por una parte, podemos afirmar que la Realeza de
Jesucristo cabe interpretarla, además de social, como política, pues debe
impregnar también a las instituciones políticas de cada país, conforme al
régimen que libremente hayan elegido.
Y si Pío XI la
concibió como un remedio para la situación del mundo en aquél entonces, año
1925, su valor y vigencia no puede ser puesta en dudas, desde el momento que la
humanidad ha ido agudizando su crisis y alejándose aún más de los frutos que
traería la implementación de la Realeza de Cristo en la sociedad.
Por ello es que
mantiene su vigencia el propiciar y trabajar en la búsqueda de un Estado que
respete el orden de la Creación, cuyas leyes sean acordes a la ley natural y
que facilite así la realización del bien común temporal y trascendente; y ello
necesariamente llevará consigo el respeto a la recta libertad religiosa de sus
ciudadanos. Que fomente la vida virtuosa del ciudadano, con especial énfasis en
la justicia como virtud social, y a la cual el propio Estado debe estar
subordinado; un Estado que esté abierto a la dimensión religiosa del hombre.
DEBER DE LAS
NACIONES
Señala Pío XI el
deber de las naciones de adorar públicamente y obedecer a Jesucristo, deber que
no solo obliga a los particulares, sino también a los magistrados y
gobernantes.
No se trata
entonces de un Estado Confesional, en el cual se imponga profesar una
determinada religión, y menos aún hacer uso de la fuerza para lograrlo en el
cual no se respetan las opciones personales. Pero tampoco de un Estado laico o
secularizado, en el cual no existe el respeto de la opción religiosa del
ciudadano y por el contrario, son términos con una clara connotación negativa,
que buscan la ateización de la sociedad. Ni es tampoco el Estado pluralista,
donde por sobre un dato sociológico real cual son las diversas etnias,
culturas, tradiciones, etc., se terminan poniendo en pie de igualdad todas las
cosmovisiones del hombre, por un supuesto respeto a las minorías.
Sea entonces la
Fiesta de Cristo Rey un punto de partida para implementar un Estado que facilite
la vida de Fe, y un punto de llegada al Reino de los Cielos.
Instaurar todo en
Cristo y restaurar todo en Cristo.