el Vaticano crea confusión
Luisella Scrosati
Brújula
cotidiana, 05_11_2025
El martes 4 de
noviembre, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe ha publicado una Nota
doctrinal de ochenta párrafos, aprobada por el Papa León XIV, en la que explica
que “considerada la necesidad de explicar el papel subordinado de María a
Cristo en la obra de la Redención, siempre es inapropiado utilizar el título de
Corredentora para definir la cooperación de María” (§ 22, cursiva en el texto).
“Siempre inoportuno”, nos dice el
Dicasterio; al menos para los lectores de las principales lenguas en las que se
ha publicado el documento, porque el texto inglés se limita a un “it would not
be appropriate”, omitiendo el adverbio y prefiriendo el condicional. Pero como
alguien debe haber decidido que los documentos originales de la Iglesia ya no
deben escribirse en latín, se deja a la preferencia de los lectores la elección
de la versión.
Apenas tres días
antes, el sábado 1 de noviembre, León XIV proclamaba a san John Henry Newman
doctor de la Iglesia. Pequeño detalle: Newman era uno de los que había
defendido la posibilidad de utilizar el título de Corredentora. La proclamación
del dogma de la Inmaculada Concepción (1854) molestaba, entre otros, al mundo
anglicano. El amigo y compañero de John Henry Newman en la aventura del
Movimiento de Oxford, Edward B. Pusey, formuló las objeciones del mundo
anglicano en el Eirenicon, al que Newman respondió con la nota Letter to the
Rev. E. B. Pusey on his recent Eirenicon, que constituye el tratado mariológico
por excelencia de Newman. Pusey se quejaba de que la corredención no se
afirmaba “en pasajes aislados de un autor devocional [...], sino en las
respuestas formales dirigidas por arzobispos y obispos al Papa sobre lo que
desean con respecto a la declaración de la Inmaculada Concepción como artículo
de fe” (An Eirenicon, Londres, 1865, pp. 151-152). Y añadía con decepción que
“esta doctrina a la que aquí se alude ha sido elaborada por teólogos católicos
romanos de todas las escuelas”.
Newman era muy
consciente del profundo conocimiento que Pusey tenía de las enseñanzas de los
Padres de la Iglesia; por lo que le sorprendía que pudiera acusar al mundo
católico de una “cuasi idolatría” hacia la Santísima Virgen, debido a la
abundancia de títulos honoríficos y de densidad teológica atribuidos a la
Virgen María, ya que era precisamente la “Iglesia indivisa”, a la que apelaba
Pusey, la que era tan generosa en los títulos marianos. “Cuando se ve que
usted, con los Padres, da a María los títulos de Madre de Dios, segunda Eva y
Madre de todos los vivientes, Madre de la vida, Estrella de la mañana, místico
nuevo Cielo, Cetro de la ortodoxia, Madre inmaculada de la santidad, y
similares, la gente podría interpretarlo como una miserable contrapartida por
esa forma de expresar sus protestas contra quienes dan a María el título de
Corredentora y Sacerdotisa”.
Newman nunca
habría imaginado que llegaría un día en el que tendría que defender el título
de Corredentora no frente a un anglicano, sino frente al prefecto del antiguo
Santo Oficio nada menos. La razón por la que el Dicasterio rechaza el título de
Corredentora es su potencial para generar “confusión y desequilibrio en la
armonía de las verdades de la fe cristiana, porque ‘en ningún otro hay
salvación; no hay, en efecto, bajo el cielo, otro nombre dado a los hombres, en
el que esté establecido que seamos salvos’” (Hch 4,12). Y aún más: “El peligro
de oscurecer el papel exclusivo de Jesucristo [...] no constituiría un verdadero
honor para la Madre”. Afirmaciones poco originales ya que son típicas de las
objeciones protestantes, pero sin duda muy curiosas en un documento oficial que
se propone responder a cuestiones que “con frecuencia suscitan dudas en los
fieles más sencillos”. Sí, porque en la era de la gestión Fernández, las Notas
doctrinales ya no existen para aclarar lo que podría parecer confuso, sino para
confundir lo que ya estaba claro.
Efectivamente, la
lógica exigiría que si un término que ya se ha difundido ampliamente —no solo
en la devoción de los fieles, sino también en las intervenciones papales y
episcopales y en los documentos oficiales de la Iglesia (pensemos en los dos
decretos, respectivamente de 1913 y 1914, del Santo Oficio)—, se malinterpreta
de manera contraria a la doctrina correcta, la Santa Sede intervenga para
aclarar y confirmar, y no para alimentar aún más la malinterpretación y
descartar un título que ya se ha afirmado a nivel teológico y magisterial.
Porque cualquiera
que tenga un mínimo conocimiento de cómo se ha desarrollado la reflexión
teológica en torno a la corredención mariana y sus precisiones fundamentales,
sabe bien que esta no sostiene una redención paralela a la de Cristo, ni una
necesidad absoluta de la colaboración mariana (de condigno) para la Redención,
ni tampoco que María Santísima no haya tenido necesidad de ser redimida por el
Verbo encarnado, su Hijo. Todos estos aspectos ya están ampliamente
establecidos, pero Tucho and Company prefieren seguir fingiendo que son
confusos y peligrosos.
La Nota llega
incluso a presentar un criterio, sacado de no se sabe dónde, que sería
simplemente hilarante si no estuviera trágicamente presente en un documento
oficial de la Santa Sede: “Cuando una expresión requiere numerosas y continuas
explicaciones, para evitar que se aleje del significado correcto, no sirve a la
fe del Pueblo de Dios y se vuelve inconveniente”. Habría que preguntarle al
cardenal Fernández y a monseñor Matteo si realmente creen lo que han escrito;
porque, siguiendo este principio, habría que retractarse prácticamente de todos
los dogmas marianos. Y no solo eso. ¿Acaso el título de Theotokos no requirió
—y sigue requiriendo— numerosas y continuas explicaciones? ¿Acaso el dogma de
la Inmaculada Concepción no debe explicarse continuamente para evitar pensar
que la Virgen María está exenta de la redención de Cristo? ¿Acaso las
formulaciones del dogma trinitario o cristológico no requieren también
“numerosas y continuas explicaciones”? ¿Serían por ello “inconvenientes” y poco
útiles para la fe del Pueblo de Dios? El principio enunciado en la nota
constituye, de hecho, la tumba de toda definición dogmática y de la propia
teología.
Es totalmente
incorrecta la presentación de la historia de la doctrina de la corredención. La
extraordinaria contribución de numerosos santos y teólogos se liquida en apenas
un párrafo (§ 17), lo que es una señal bastante evidente de que la intención de
la Nota no era ciertamente hacer un balance de la situación, sino atacar la
corredención. Otra liquidación se registra en la mísera mención a la enseñanza
de los pontífices, en particular de san Juan Pablo II; salvo para dedicar luego
dos amplios párrafos a la posición de Ratzinger (todavía cardenal).
La razón de esta
selección no es difícil de entender: Ratzinger sería, junto con el Papa
Francisco, a quien se dedica todo el párrafo § 21, la auctoritas para sostener
que el título de Corredentora sería inapropiado. A decir verdad, en el votum de
1996, en calidad de prefecto de la CDF, Ratzinger no rechazaba el título, sino
que consideraba que la reflexión teológica aún no estaba madura para atribuir a
la Virgen María el título de Corredentora y Mediadora; su oposición al título,
en cambio, se refiere a una simple entrevista de 2002 (en la que, por cierto,
se declaraba favorable a la doctrina fundamental, como expresión del hecho de
que Cristo quiere compartirlo todo con nosotros, incluso su ser redentor). Pero
en la Nota se favorecen un votum y una opinión en lugar de, por ejemplo, la
presentación de la enseñanza más sistemática de Juan Pablo II sobre la
corredención mariana; el pontífice polaco (como sus predecesores) no había
dudado en absoluto en utilizar varias veces ese título que ahora Tucho nos
explica que es inconveniente e inapropiado. Evidentemente, Juan Pablo II se
divertía “oscureciendo la única mediación salvífica de Cristo”.
Una vez más, el
cardenal Fernández se convierte en un fabricante en serie de dudas y líos, como
ya ocurrió con las respuestas a algunas dudas planteadas por Amoris Lætitia,
con las bendiciones a las parejas homosexuales, con la pena de muerte y la
dignidad humana. Debería haber sido el primer prefecto en ser destituido con el
nuevo pontificado, pero en cambio lo encontramos animado a continuar con su
obra de confusión. Al mal se le ha concedido más tiempo para desafiar la
paciencia divina y poner a prueba la fe de los cristianos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario