de las uniones
gay: “Roma locuta”…, o quizás no
Brújula cotidiana,
24-03-2021
La Nota de la
Congregación para la Doctrina de la Fe que prohíbe la bendición de las parejas
homosexuales ha obtenido valoraciones diferentes e incluso opuestas. Esto
plantea el gran problema, una cuestión ciertamente no de secundaria importancia
para la vida de la Iglesia, el valor y la utilidad eclesial de los
pronunciamientos doctrinales. Alguien dirá que el Responsum fue un
pronunciamiento pastoral, o como mucho disciplinario, y no doctrinal; pero,
pasada la confusión habitual en materia de los límites entre doctrina y
pastoral, ese pronunciamiento enuncia claramente la doctrina de la Iglesia, a
partir de la cual la indicación pastoral de no impartir tales bendiciones. Por
tanto, es un documento doctrinal.
Cardenales
estadounidenses, obispos alemanes, sacerdotes austríacos, sacerdotes de la
calle, capellanes castrenses, párrocos, entre otros, dijeron que estaban
decepcionados y se opusieron a la declaración de la Congregación, que
consideran más o menos inaceptable y de ser devuelta al remitente, de la cual
se debe pedir disculpas a las personas homosexuales. Una abstracción teórica
que no permite la aplicación del discernimiento caso por caso, en adherencia a
la vida concreta. Los muy confiados en la “revolución” de Francisco dicen estar
decepcionados por el Papa que, al aprobar esta declaración, daría un paso atrás
y volvería a posiciones que consideraban superadas. Algunos incluso dicen que
ese texto debe leerse a la luz de las “aperturas” hechas por Francisco hacia
las personas homosexuales, con tal de limitar su valor.
Por el contrario,
muchos consideran insuficiente esta toma de posición, tanto desde el punto de
vista del contenido normativo como desde su eficacia pastoral. Desde el primer
punto de vista, se evidenció que en el texto hay una frase: “La presencia en
tales relaciones de elementos positivos, que en sí mismos son de apreciar y de
valorar...” (que ya ha tratado la Brújula), que fue considerada “ambigua”, pero
que ciertamente se puede considerar incorrecta. En la relación homosexual como
relación no puede haber nada de positivo, porque implica violencia hacia uno mismo
y hacia el otro. Desde el segundo punto de vista, la eficacia pastoral, muchos
han observado que a medio y largo plazo esta Nota será olvidada y reducida. A
esto podemos agregar que no viene aplicada incluso ahora y las bendiciones de
las parejas homosexuales en la iglesia seguirán existiendo, a pesar de que
Ladaria y Morandi -con el consentimiento del Papa- lo han prohibido.
En esta situación
de partidos contrarios, toda declaración doctrinal se convierte en un hecho
político. ¿Se hace para aclarar la doctrina o para dar un aliciente, quizás sin
excederse mucho, a una parte más que a la otra? ¿Se pronuncia porque quiere que
tenga un seguimiento práctico o sin preocuparse de si se aplicará y cómo se
aplicará? Cuando ni siquiera sucede que se hace con la vista puesta en el
equilibrio político interno de la curía romana.
Entonces nos
encontramos frente a un cuadro inestable, desquebrajado y caótico. Las cosas
que doctrinalmente no son admitidas y no son admisibles se siguen aplicando a
pesar de no ser admitidas ni admisibles (la absolución a los convivientes
divorciados ya se dio ampliamente incluso antes de Amoris laetitia, las
bendiciones de las parejas homosexuales se han implementado desde hace ya mucho
tiempo). Los pronunciamientos doctrinales que vienen emitidos para aclarar y
orientar son inciertos en su formulación, en contraste con la práctica
implementada por los propios líderes eclesiásticos (el Papa Francisco dio la
comunión a los protestantes, violando en primera persona una prohibición doctrinal),
disputada e inaplicable. En este contexto, los pronunciamientos doctrinales
manifiestan toda su fragilidad.
El problema tiene
raíces profundas. En la Iglesia se utilizan dos códigos de pensamiento
distintos, expresivo y de comportamiento, para que todo se vuelva interpretable
en modo diverso. El Responsum de la Doctrina de la Fe, por ejemplo, distingue
entre “sacramental” y “sacramento”, haciendo de esta distinción una cuestión de
esencia. Ahora bien, este enfoque que podríamos definir como metafísico (cuando
se tocan las esencias se está en este contexto), ya no es comprensible ni
siquiera para quien en cambio examina la vida cristiana desde el punto de vista
existencial, donde no hay esencias sino, precisamente, existencias que se
entrelazan y cambian continuamente. Las mismas diferencias “esenciales” entre
hombre y mujer, entre convivencia de facto y matrimonio, entre matrimonio civil
y religioso, etc., se desvanecen en una visión existencial, procedimental y
temporal de las cosas. El amor entre dos personas homosexuales se clasifica en
la categoría de amor de la misma manera que marido y mujer, esposo y esposa.
Sin doctrina, o
con una doctrina debilitada y confusa, que enuncia principios de comportamiento
que luego no son controlados y exigidos, que contradice la práctica de los
mismos pastores que la enuncian, que busca la mediación entre partidos de
política eclesiástica, que tolera lo intolerable después de declarar que es
intolerable, pero sin decirlo del todo... no se puede ser gobierno de la Iglesia,
un barco “en grande tempestad”.
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