miércoles, 24 de marzo de 2021

BENDICIÓN

 


de las uniones gay: “Roma locuta”…, o quizás no

Brújula cotidiana, 24-03-2021

 

La Nota de la Congregación para la Doctrina de la Fe que prohíbe la bendición de las parejas homosexuales ha obtenido valoraciones diferentes e incluso opuestas. Esto plantea el gran problema, una cuestión ciertamente no de secundaria importancia para la vida de la Iglesia, el valor y la utilidad eclesial de los pronunciamientos doctrinales. Alguien dirá que el Responsum fue un pronunciamiento pastoral, o como mucho disciplinario, y no doctrinal; pero, pasada la confusión habitual en materia de los límites entre doctrina y pastoral, ese pronunciamiento enuncia claramente la doctrina de la Iglesia, a partir de la cual la indicación pastoral de no impartir tales bendiciones. Por tanto, es un documento doctrinal.

 

Cardenales estadounidenses, obispos alemanes, sacerdotes austríacos, sacerdotes de la calle, capellanes castrenses, párrocos, entre otros, dijeron que estaban decepcionados y se opusieron a la declaración de la Congregación, que consideran más o menos inaceptable y de ser devuelta al remitente, de la cual se debe pedir disculpas a las personas homosexuales. Una abstracción teórica que no permite la aplicación del discernimiento caso por caso, en adherencia a la vida concreta. Los muy confiados en la “revolución” de Francisco dicen estar decepcionados por el Papa que, al aprobar esta declaración, daría un paso atrás y volvería a posiciones que consideraban superadas. Algunos incluso dicen que ese texto debe leerse a la luz de las “aperturas” hechas por Francisco hacia las personas homosexuales, con tal de limitar su valor.

 

Por el contrario, muchos consideran insuficiente esta toma de posición, tanto desde el punto de vista del contenido normativo como desde su eficacia pastoral. Desde el primer punto de vista, se evidenció que en el texto hay una frase: “La presencia en tales relaciones de elementos positivos, que en sí mismos son de apreciar y de valorar...” (que ya ha tratado la Brújula), que fue considerada “ambigua”, pero que ciertamente se puede considerar incorrecta. En la relación homosexual como relación no puede haber nada de positivo, porque implica violencia hacia uno mismo y hacia el otro. Desde el segundo punto de vista, la eficacia pastoral, muchos han observado que a medio y largo plazo esta Nota será olvidada y reducida. A esto podemos agregar que no viene aplicada incluso ahora y las bendiciones de las parejas homosexuales en la iglesia seguirán existiendo, a pesar de que Ladaria y Morandi -con el consentimiento del Papa- lo han prohibido.

 

En esta situación de partidos contrarios, toda declaración doctrinal se convierte en un hecho político. ¿Se hace para aclarar la doctrina o para dar un aliciente, quizás sin excederse mucho, a una parte más que a la otra? ¿Se pronuncia porque quiere que tenga un seguimiento práctico o sin preocuparse de si se aplicará y cómo se aplicará? Cuando ni siquiera sucede que se hace con la vista puesta en el equilibrio político interno de la curía romana.

 

Entonces nos encontramos frente a un cuadro inestable, desquebrajado y caótico. Las cosas que doctrinalmente no son admitidas y no son admisibles se siguen aplicando a pesar de no ser admitidas ni admisibles (la absolución a los convivientes divorciados ya se dio ampliamente incluso antes de Amoris laetitia, las bendiciones de las parejas homosexuales se han implementado desde hace ya mucho tiempo). Los pronunciamientos doctrinales que vienen emitidos para aclarar y orientar son inciertos en su formulación, en contraste con la práctica implementada por los propios líderes eclesiásticos (el Papa Francisco dio la comunión a los protestantes, violando en primera persona una prohibición doctrinal), disputada e inaplicable. En este contexto, los pronunciamientos doctrinales manifiestan toda su fragilidad.

 

El problema tiene raíces profundas. En la Iglesia se utilizan dos códigos de pensamiento distintos, expresivo y de comportamiento, para que todo se vuelva interpretable en modo diverso. El Responsum de la Doctrina de la Fe, por ejemplo, distingue entre “sacramental” y “sacramento”, haciendo de esta distinción una cuestión de esencia. Ahora bien, este enfoque que podríamos definir como metafísico (cuando se tocan las esencias se está en este contexto), ya no es comprensible ni siquiera para quien en cambio examina la vida cristiana desde el punto de vista existencial, donde no hay esencias sino, precisamente, existencias que se entrelazan y cambian continuamente. Las mismas diferencias “esenciales” entre hombre y mujer, entre convivencia de facto y matrimonio, entre matrimonio civil y religioso, etc., se desvanecen en una visión existencial, procedimental y temporal de las cosas. El amor entre dos personas homosexuales se clasifica en la categoría de amor de la misma manera que marido y mujer, esposo y esposa.

 

Sin doctrina, o con una doctrina debilitada y confusa, que enuncia principios de comportamiento que luego no son controlados y exigidos, que contradice la práctica de los mismos pastores que la enuncian, que busca la mediación entre partidos de política eclesiástica, que tolera lo intolerable después de declarar que es intolerable, pero sin decirlo del todo... no se puede ser gobierno de la Iglesia, un barco “en grande tempestad”.

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